La Resolución de 26 de octubre de 2021, de la Delegación Territorial de Córdoba de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, por la que se publica el Acuerdo de 13 de octubre de 2021 de la Comisión Paritaria del “Convenio Colectivo del Sector del Campo de la Provincia de Córdoba”, expone que “ analizado por esta comisión paritaria el artículo 22 del Convenio Colectivo del Campo de Córdoba, se indica que el empresario en caso de no habilitar medio de transporte a los trabajadores, tendrá la obligación de abonar el plus de distancia. Por acuerdo entre empresario y trabajadores se establecerá el número de vehículos necesarios para transportar al personal al centro de trabajo de la empresa”.
(Véase BOPCO nº. 214 pág. 6726 de 11. 11.2021) https://bop.dipucordoba.es/uploads/Bop/20211111/20211111.pdf?1636611661)