A nuestro modo de ver, el mayor problema con que cuenta la integración de la prevención de riesgos laborales en las decisiones organizacionales y en el desempeño y la organización del trabajo, especialmente en sectores tan particulares y problemáticos como el que nos ocupa, es la falta de un sistema propiamente dicho de gestión y aprendizaje preventivo.

Además, las características principales que dicho sistema habría de tener son dos fundamentalmente:

  1. Que se dirija al sector, involucrando a las entidades especializadas y específicas.
  2. Que sea el resultado de la suma de los esfuerzos de los distintos sistemas implicados[1].

En esta entrada trataré de explicar la trascendencia de ello resumiendo muy brevemente parte de las conclusiones de nuestro estudio, en un sector que podría ser considerado el más problemático en lo que al bienestar laboral de sus gentes se refiere, por sus propias condiciones socioeconómicas, culturales, demográficas y laborales, las cuales están operando como barreras que impiden más que en otras actividades la incubación de una cultura preventiva.

Para empezar, consideramos que lo primero que debe darse para la generación de una cultura que modifique verdaderamente el modo de gestionar la empresa, es una fuerte intervención pública que cambie por completo el actual paradigma cultural, sobre todo en sectores tan desestructurados como el que nos ocupa. Y, aunque podríamos dar muchos argumentos y citas que avalen lo dicho, pues hemos realizado un revisión jurídica y bibliográfica aplicada a este ámbito económico, basta con referir que dicha necesidad se viene reconociendo implícita o explícitamente en las propias estrategias de seguridad y salud nacionales e internacionales, a través de las medidas y directrices que las mismas establecen, las cuales evidencian que para su implantación efectiva es preciso una labor pública de promoción muy intensa y coordinada a nivel multilateral (arts. 5 y 11 LPRL). 

Dicho liderazgo público debe seguir las directrices de los distintos órganos de participación y de cooperación multilateral o sectorial en los que participan las diferentes administraciones territoriales en atinencia a cada competencia departamental (conferencias, comisiones, etc.), los cuales deberían estar más implicados en un cambio cultural como el que se propugna, generando políticas integrales con la suficiente amplitud y transversalidad para educar a la sociedad y dotar de eficacia a la prevención en la empresa. En concreto, tales organismos de cooperación y los órganos superiores de dichas administraciones, han de acordar normas reglamentarias e influir normas legales y políticas y estrategias en las cuales existan líneas preventivas eficaces que tengan en cuenta las diferencias sectoriales y profesionales, pues estas son decisivas como medio de orientación para lograr que las mejoras preventivas se implanten con éxito en cada sector y organización productiva. 

Sin embargo, a la falta de efectivos especializados se une el problema de que las Administraciones y entidades públicas que deberían de coadyuvar al mencionado tratamiento multilateral que merece esta materia, deberían conformar una organización funcional reticularizada. O sea, una red de colaboración que tenga en el centro la cooperación efectiva de la Administración sanitaria y laboral pues las mismas dependen, en definitiva, la una de la otra, en atención a la función de protección y promoción de la salud que ambas tienen encomendada en torno al concepto general de salud (OMS, 1946)[2], sin perjuicio de que deban integrarse en dicha red también las de ‘Industria’ y ‘Educación’, pues realmente todas estas administraciones forman parte del sistema preventivo conforme a su función natural y, por ello mismo, tendrían que estar especialmente coordinadas entre sí, no solo a nivel interventor sino también formativo e investigador (arts. 7-10 LPRL).

Es decir, se trata de formar redes coordinadas entre sistemas conformados por todos los entes involucrados (infra), adecuadamente dotados para un trabajo de cooperación como este y sin olvidar que, para llegar a concebir y poner en práctica políticas factibles y eficaces desde el nivel estatal y autonómico hasta el nivel local de las actividades de cada sector económico, se ha de implicar a tantas entidades e instituciones públicas y privadas como las que verdaderamente se precisan:

  1. Sistema de trabajo y prevención especializado: institutos nacionales y autonómicos de SSL, Inspección de Trabajo, Mutuas Colaboradoras, técnicos y servicios de PRL, asociaciones de fabricantes e importadores, servicios de empleo, observatorios, etc.
  2. Sistema sanitario: Administraciones sanitarias, Sistema Nacional de Salud, Sistema de Información Sanitaria, Mutuas Colaboradoras, servicios de PRL, etc.
  3. Sistema de industria y seguridad del producto: Administraciones e instituciones vinculadas a dichos servicios públicos, así como agencias y organismos de inspección y control relacionados con seguridad, normalización y calidad técnica del producto.
  4. Sistema educativo: Administraciones educativas, así como centros y organismos públicos y privados adscritos a los diferentes niveles de la enseñanza oficial.
  5. Sistema de investigación: Universidades y centros y organismos vinculados a las mismas, así como otros centros de investigación públicos o privados.
  6. Organismos sectoriales y locales: organizaciones profesionales agrarias, organizaciones de productores, sindicatos agrarios, Instituto de Fomento Agrario y Pesquero, Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, asociaciones comunitarias, organizaciones no gubernamentales, ayuntamientos y otra entidades locales, etc.

Por último, un ejemplo concreto de promoción de la sistemicidad de la gestión preventiva sectorial, hubiera podido ser el referido a la optimización de la información bidireccional en torno a la cumplimentación o el registro de datos de las explotaciones agrícolas, a través de sistemas digitales dirigidos a su incentivación económica como el que se va a constituir por medio del «Proyecto de real decreto por el que se establece y regula el sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria» (sometido actualmente a información pública[3]), pues mediante dicho sistema la Administración proyecta proporcionar a todos los titulares, de manera gratuita, los programas informáticos necesarios para la cumplimentación de los cuadernos de explotación, de manera que puedan acceder en tiempo real a los datos de cultivos y producciones en cada parcela.

Pero, ya que la eficacia de la prevención de riesgos laborales solo se hará efectiva cuando esta se convierta en una prioridad más de la explotación agrícola, como parte de la gestión de sus cuadernos de explotación, la pregunta que cabe hacerse una vez más es: ¿por qué de la misma manera que la Administración podrá comprobar así, entre otras cosas, los registros de uso de fertilizantes y fitosanitarios que se manejan en cada explotación por mor de una agricultura más ‘verde’, no es natural que también lo haga con sus necesidades preventivas, de forma que la cumplimentación de las mismas también motive la tramitación y obtención de ayudas, subvenciones y cualquier otro incentivo?.

[1] La gestión preventiva de la seguridad y salud laboral conlleva la gestión de un sistema complejo configurado por diferentes sistemas jerarquizados e interrelacionados entre sí (‘teoría general de sistemas’; Von Bertalanffy, 1937). Dicho sistema de sistemas tiene metas alcanzables de forma diversa que exigen atender a los niveles micro y macro (o sub y supra), con resultados que se conformen en atención al conjunto de componentes, pues a ninguna de las partes pertenecen en exclusiva las propiedades esenciales, sin perjuicio de que tales sistemas se hallen sometidos a la intención del diseñador del sistema en cuanto a su duración, medida, ritmo, radio de influencia y esquema o modelo de funcionamiento (ibíd.).

[2] Esta se ha de producir «… dentro de una concepción integral del sistema sanitario…», la cual debería comprender la articulación de la participación comunitaria a través de las Corporaciones territoriales, entre las cuales «…se entenderán comprendidas las organizaciones empresariales y sindicales… atendiendo a criterios de proporcionalidad…» (Ley General de Sanidad)

[3] El mismo pretende un mayor avance en el diseño, ejecución y gestión de las políticas agrarias a partir del año 2023, con una repercusión directa en la PAC, incidiendo en la armonización y en la constitución de redes y sistemas de información de ámbito estatal mediante sinergias en la gestión de los registros y sistemas informáticos de las Comunidades Autónomas, que tienen como informantes a los propios agricultores y ganaderos, y a las empresas suministradoras de bienes y equipos del sector agrario, los cuales en atención a la normativa nacional y europea han de proporcionar datos relativos a sanidad vegetal y animal, higiene de la producción primaria de alimentos, subproductos y residuos agrarios, o en el propio ámbito de las producciones, así como tratamientos medicamentosos, cuaderno de explotación, etc. (registros de producción).